por CICR | Mar 8, 2025 | Noticias CICR
El pasado 4 de marzo 2025 Partido Progreso Social Democrático presentó el proyecto No. 24.876, “LEY PARA EL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS FORMULADOS PARA USO AGRÍCOLA”, descargable en el siguiente enlace.
La normativa propuesta asigna al Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) la responsabilidad exclusiva del registro, renovación, cancelación y fiscalización de estos productos, incluyendo la resolución de solicitudes pendientes. Adicionalmente, otorga a los Ministerios de Salud y Ambiente la facultad de intervenir si se detectan riesgos inaceptables para la salud o el medio ambiente. Adicionalmente, establece un programa de monitoreo y fiscalización en campo.
SFE debe crear un procedimiento para registrar productos fitosanitarios formulados (art. 1). Se establecen los requisitos para el registro de productos fitosanitarios químicos sintéticos formulados de uso agrícola (art. 8) incluyendo información confidencial del o los ingredientes activos grado técnico (IAGT) y el procedimiento (art. 10). Contempla el “registro por incorporación” de los registros en países de la OCDE y la Unión Aduanera Centroamericana (art. 22-25). Los registros tendrán una vigencia de 10 años y deberán ser renovados periódicamente. Los registros vigentes de IAGT y de productos fitosanitarios formulados químicos sintéticos con vigencia indefinida, deberán ser renovados a partir de los doce meses desde la vigencia de la ley (art. 16 y 17)
En materia de control y fiscalización, se busca fortalecer los análisis de calidad y residuos mediante laboratorios oficiales y el reforzamiento de inspecciones en fábricas, almacenes, transporte y puntos de venta de productos fitosanitarios. También se regulará el manejo adecuado de envases y residuos, con el fin de reducir el impacto ambiental. Asimismo, el SFE podrá exonerar ciertos requisitos en casos justificados.
EL SFE se faculta para cobrar por los servicios brindados y se establece que con los recursos del impuesto del 1.5% sobre agroquímicos importados, se destinarán a la fiscalización y control del uso de plaguicidas, ofrecer capacitación y asesoría técnica a los agricultores y fomentar el desarrollo de alternativas sostenibles en la protección de cultivos.
En caso de tener observaciones, les instamos a remitirlas al correo yvasquez@cicr.com
por CICR | Mar 8, 2025 | Noticias CICR
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) dio respuesta a las consultas formuladas por la Cámara de Industrias de Costa Rica sobre la aplicación del Decreto N°44863-MEIC, el cual regula el margen máximo de comercialización de todos los medicamentos registrados en el país, descargable en el siguiente enlace. Dicha consulta compilaba las inquietudes formuladas por distintas empresas afiliadas para poder comprender la normativa y velar por su fiel cumplimiento.
En su repuesta, el MEIC resalta que los minoristas deben aplicar el margen máximo de comercialización a cada lote de medicamentos según su precio de compra, sin posibilidad de establecer un promedio de adquisición. Además, se aclara que el margen regulado no cubre costos operativos como alquiler, electricidad o personal, por lo que las empresas deberán optimizar su estructura de costos dentro del margen permitido.
En cuanto a los costos logísticos y de distribución, el ministerio enfatiza que estos deben ser absorbidos dentro del margen y no pueden ser agregados al precio final. Asimismo, se aclara que el margen no es acumulativo entre intermediarios, sino que se distribuye entre los actores involucrados en la cadena de comercialización.
Asimismo, se indica que los comerciantes deberán llevar un registro detallado de compras y ventas, mantener un control riguroso de inventarios por lotes y utilizar la factura electrónica como principal herramienta de verificación.
Se indica que, el MEIC ha establecido un formulario en su página web para consultas sobre la clasificación de medicamentos y sus respectivos márgenes.
En términos de sanciones, el MEIC advierte que el incumplimiento de la normativa puede llevar a sanciones penales en caso de desobediencia a la autoridad o entrega de información falsa bajo la fe de juramento. Además, cobrar precios por encima del margen permitido puede derivar en sanciones según la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor (N°7472), artículo 36.
por CICR | Mar 8, 2025 | Noticias CICR
El Decreto Ejecutivo N°44741-S-MAG, publicado el 5 de noviembre de 2024, establece el Reglamento para la prevención, preparación y respuesta ante accidentes químicos, que entrará en vigor el 9 de mayo de 2025. Esta normativa aplica a todas las empresas que importen, almacenen, fabriquen, procesen, vendan o manipulen sustancias químicas o sus residuos, incluyendo sustancias inflamables, corrosivas, tóxicas y peróxidos orgánicos.
El reglamento introduce una clasificación de riesgo para los establecimientos, dividiéndolos en riesgo mayor y riesgo menor, dependiendo de la cantidad y peligrosidad de las sustancias presentes. Esta clasificación debe ser realizada por un químico o ingeniero químico colegiado, refrendada por el Colegio profesional respectivo y presentada ante el Ministerio de Salud y el Cuerpo de Bomberos dentro de los cuatro meses posteriores a la obtención o renovación del Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) o Certificado Veterinario de Operación (CVO).
Las empresas deberán desarrollar un Plan de Prevención, Preparación y Respuesta ante Accidentes Químicos, complementario a su Plan de Emergencias, el cual será evaluado por el Cuerpo de Bomberos. Este organismo determinará los costos de inspección, y cualquier incumplimiento identificado en la inspección podría comprometer la validez del permiso sanitario o el certificado veterinario del establecimiento.
Para los establecimientos de riesgo mayor, el reglamento exige inspecciones periódicas, programas de capacitación y simulacros dirigidos a colaboradores y comunidades cercanas. Además, se establecen criterios específicos para la notificación de modificaciones operativas ante el Ministerio de Salud o SENASA.
Dado el amplio alcance de esta normativa, que afecta a sectores como la industria alimentaria, química, aceiteras y gaseras, entre otras, se recomienda a las empresas revisar el reglamento con sus equipos técnicos y evaluar su impacto en la operación. Asimismo, es fundamental prestar especial atención a los criterios de clasificación de riesgo, que consideran tanto las cantidades anuales como nominales de diversas sustancias peligrosas.
Cualquier observación favor remitirla al correo yvasquez@cicr.com con copia a lporras@cicr.com.
por CICR | Feb 28, 2025 | Noticias CICR
• La desaplicación del pre-stacking a casi el 50% de la carga de importación además de generar costos de 500 a 800 dólares por contenedor, implica ralentizar una operación portuaria ya compleja y colapsada, que aún no se estabiliza por los cambios climáticos de octubre 2024.
• Se estima que un 30% de los servicios podrían dejar de atracar en Costa Rica por esta razón. Esto afecta a sectores clave como la industria, la agroindustria y la construcción, que dependen de una cadena de suministro fluida para mantener su producción.
San José, 28 febrero de 2025 – La Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) expresa su profunda preocupación ante la resolución MH-DGA-RES-0246-2025, emitida por la Dirección General de Aduanas (DGA), que elimina el sistema de pre-stacking para la carga con declaración anticipada en Puerto Caldera, que representa entre 40-60% de la carga que ingresa al puerto. Esta decisión, tomada sin consulta pública y en un contexto de saturación extrema del puerto, genera una afectación grave y transversal para la economía costarricense.
“Las empresas dependen de un sistema logístico eficiente y predecible. Los importadores ya estamos pagando costos adicionales en Puerto Caldera, pero este cambio no solo encarece la operación portuaria, sino que genera aún más incertidumbre y retrasa la entrega de insumos esenciales para la producción nacional. Si no se toman medidas correctivas de inmediato, Costa Rica enfrentará consecuencias en su competitividad y en la confianza de los inversionistas”, señaló Sergio Capón, presidente de la CICR.
Puerto Caldera ha operado por encima de su capacidad durante más de una década, con niveles de ocupación que han alcanzado el 140% en momentos críticos. Las medidas implementadas, incluyendo el pre-stacking, han sido mecanismos de mitigación necesarios para evitar la parálisis operativa del puerto. Sin embargo, la eliminación abrupta de este sistema agravará los tiempos de espera, incrementará costos logísticos y pondrá en riesgo la competitividad del país. Hoy el Puerto, a una semana de implementar la resolución, está a 108% de ocupación en patios y 11 buques se encuentran esperando atracar, 2 de ellos esperan hace un mes.
Se estima que la eliminación del pre-stacking para la carga anticipada generó costos esta primera semana de 500 y 800 dólares por contenedor, debido a los movimientos adicionales para mover cada contenedor en un puerto sin espacio. Estos costos aumentarían en tanto se agrave la saturación del puerto. Al trabajarse el engranaje de la operación portuaria, hasta un 30% de los servicios podrían dejar de atracar en Costa Rica, afectando la competitividad del país en el comercio marítimo. Asimismo, el Puerto podría volver a presentar largas filas de ingreso de unidades de transporte al puerto como ocurrió en agosto 2021, con picos de hasta un día de espera, con un promedio de 10 horas de espera, lo que afecta toda la carga, ya que el puerto solo tiene una puerta de entrada y una de salida.
“No podemos permitir que una decisión administrativa impacte la operación portuaria empeorando una crisis que ya afecta la competitividad de nuestro país. Se requieren medidas que garanticen la eficiencia y continuidad de las operaciones en Puerto Caldera, mientras se avanza en las soluciones de largo plazo necesarias para modernizar nuestra infraestructura portuaria. Un país con puertos colapsados no puede sostener un modelo de desarrollo competitivo. Es momento de tomar decisiones responsables y coordinadas para garantizar la estabilidad del comercio y la industria costarricense. El pre-stacking no es el mejor escenario, es el viable en este momento, y deben hacerse esfuerzos para que funcione de manera ágil y costo-efectiva”, concluyó el señor Sergio Capón.
por CICR | Feb 27, 2025 | Perspectivas y opinión
Por José Pablo Montoya, coordinador de la Comisión de Energía Cámara de Industrias (CICR).
Las altas tarifas eléctricas en Costa Rica son el resultado de operar el sistema eléctrico bajo un marco normativo antiguo, fragmentado y, en muchos aspectos, obsoleto. Ante el crecimiento de la demanda, el ICE, por sí solo, no cuenta con la capacidad económica para asumir la transformación que el sector eléctrico necesita, tanto en crecimiento como en innovación. Si bien existen planes de expansión de la generación, su implementación ha sido apenas suficiente para cubrir el crecimiento vegetativo de la demanda eléctrica, con altibajos en el uso de combustibles fósiles, cuando el clima no ha favorecido. La materialización de las inversiones en generación que el país requiere para dar el salto a la descarbonización del transporte y los procesos productivos depende de múltiples factores, incluyendo la capacidad financiera del propio ICE y la necesaria atracción de otras fuentes de inversión para apoyarlo en esta tarea. Si esta inversión se realiza con un enfoque de costo-eficiencia, contribuirá, además, con la dinamización de la economía.
Desde la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) conocemos bien las limitaciones normativas y regulatorias del sector. Un ejemplo claro es la compleja composición de los expedientes tarifarios, que requieren revisiones técnicas exhaustivas para determinar si las tarifas propuestas son las que realmente corresponden a los consumidores. En la última fijación tarifaria, si bien se logró una rebaja generalizada para los usuarios, fue necesario un análisis técnico profundo que identificó altos excedentes que debían devolverse a los usuarios, gastos que no correspondía reconocer y la necesidad de reformas en la metodología tarifaria.
El argumento falaz de que abrir el mercado de generación equivale a privatizar el ICE se desmonta con los beneficios que los usuarios han recibido en sectores como telecomunicaciones o seguros. La apertura de estos mercados no ha significado la privatización de sus entidades insignes, sino que ha fortalecido su operación y mejorado la relación calidad-precio en favor de los consumidores.
Si tenemos en cuenta que el 60% del costo de la factura eléctrica está asociado a la generación, es allí donde deben concentrarse los esfuerzos de inversión para lograr tarifas más competitivas. La reforma del sector eléctrico propuesto por el proyecto de Armonización del Sistema Eléctrico, propone la apertura solo en la fase de generación (donde se produce la energía) y mantiene la transmisión bajo la gestión del ICE, mientras que la distribución seguirá bajo el actual modelo de ocho operadores. De hecho, gracias a la red de distribución conformada por cooperativas y empresas distribuidoras, Costa Rica ha logrado una cobertura energética de alta calidad a nivel nacional. Este modelo no será sustituido; por el contrario, se fortalecerá, permitiendo que estos prestadores adquieran energía a precios competitivos y la suministren a los usuarios finales. Todo esto será posible mediante proyectos de generación públicos y privados diseñados bajo un enfoque de costo-eficiencia.
No solo es fundamental invertir en el mantenimiento de la infraestructura de generación del ICE para hacerla más eficiente y moderna—una tarea postergada en los últimos años, especialmente desde la pandemia—sino que también debemos mirar hacia el futuro. La innovación y la transformación tecnológica están redefiniendo el mercado energético con avances como el almacenamiento de energía, las redes inteligentes y las plantas eléctricas virtuales. Sin embargo, para aprovechar estas tecnologías emergentes, es imprescindible un marco normativo que dinamice el mercado, incentive la inversión y permita la participación de nuevos actores. La experiencia ha demostrado que su incorporación impulsa la mejora continua del servicio eléctrico, que si bien es de calidad, enfrenta desafíos que el modelo actual no puede resolver por sí solo.
Para garantizar un sistema eléctrico eficiente, seguro y sostenible, Costa Rica debe diversificar sus fuentes de generación, modernizar su infraestructura de transmisión y actualizar su marco normativo. El ICE, como responsable exclusivo de la transmisión, debe priorizar inversiones que fortalezcan esta red, mientras que la generación debe evolucionar más allá de la energía hidroeléctrica, integrando fuentes renovables que aseguren estabilidad ante el cambio climático.
La Ley de Armonización del Sistema Eléctrico Nacional es el primer paso en este camino. Su aprobación permitirá un sistema más dinámico que impulse la descarbonización, reduzca costos y beneficie directamente a los usuarios—industriales, comerciales y residenciales—, fortaleciendo así la competitividad y el desarrollo del país.
Este artículo fue publicado originalmente en el periódico La República de Costa Rica.