por CICR | Oct 3, 2023 | Encuestas y estudios
- Tratamiento tarifario de la Planta Hidroeléctrica Los Negros II afecta tarifas de los clientes de ESPH.
- De aceptarse tarifas de generación de ESPH, 38% por encima de las tarifas a las que puede comprar al ICE, se cargaría un sobrecosto estimado en ₵8.167,41 millones a los usuarios finales.
Martes 3 de septiembre de 2023. La Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) presentó su oposición a la solicitud de aumento tarifario propuesto por la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH), tramitada bajo los expedientes ET-060-2023 (Sistema de Generación) y ET-061-2023 (Sistema de Distribución), basados en el reconocimiento de los créditos de la Planta Hidroeléctrica Los Negros II, que dispara el costo de la deuda y el rédito para el desarrollo y golpea las tarifas de sus clientes.
“Este aumento implicaría tarifas de su sistema de generación de un 28,4% más caras para el último trimestre del 2023 y un aumento del 58,5% en el 2024 con respecto a las actuales, con un sobre costo en las tarifas para el usuario de ₵8.167,41 millones, resultando en tarifas finales de un 10,6% más caras. De aprobarse este aumento tarifario, las tarifas del Sistema de Generación de la ESPH quedarían un 38% por encima de las tarifas a las que la misma ESPH puede comprarle al ICE, entrando en conflicto con el Reglamento Sectorial de Servicios eléctricos”, explica Sergio Capón, presidente de la Cámara de Industrias de Costa Rica.
Para los industriales, no es correcto incorporar el costo de endeudamiento de un proyecto hidroeléctrico que pasó a ser propiedad de la empresa distribuidora, sobre el que se tienen dudas de su sostenibilidad financiera, y recalcan que la ley de la ARESEP (Ley No. 7593) establece, en su artículo 32, especialmente en sus incisos b) y c) que señalan que no se aceptaran como costos las erogaciones innecesarias o ajenas a la prestación del servicio público ni los gastos de operación desproporcionados en relación con los gastos normales de actividades equivalentes, entre otros.
“No deben ser los usuarios de tarifas quienes asuman el costo de proyectos ineficientes, mal constituidos o con deficiencias en su planificación y por ello, solicitamos revisar el reconocimiento de este endeudamiento para que solamente sea reconocido el costo de aquellas deudas para proyectos cuya sostenibilidad financiera haya quedado demostrada y que hayan significado una mejor prestación del servicio público de generación de electricidad”, concluyó Sergio Capón
por CICR | Sep 29, 2023 | Noticias CICR
29 de setiembre 2023. La Cámara de Industrias de Costa Rica reaccionó con satisfacción y reconoció la labor de las señoras y señores diputados por la aprobación en segundo debate del Expediente 23.138 “Ley para ampliar la reducción del impuesto sobre la renta para las nuevas Mipymes de personas jurídicas y aplicar la reducción del impuesto a las nuevas Mipymes de personas físicas. Reforma de los incisos b) y c) del artículo 15 de la Ley 7092, Ley del impuesto sobre la renta, de 21 de abril de 1988”.
Para los industriales, esta reforma amplía el apoyo para que los nuevos emprendimientos se consoliden en el mercado y también amplía el beneficio para los emprendimientos que no nacen bajo la figura de una personería jurídica, sino que están a cargo de personas físicas.
“En el 2018, la CICR impulsó, que en la reforma al impuesto sobre la renta, contenida en el entonces proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, se incorporara precisamente una escala de pago del impuesto de renta para las micro y pequeñas empresas inscritas en el MEIC y en el MAG. Por eso celebramos que, en cuanto a lo que aplica para las nuevas empresas, se haya ampliado el beneficio en plazo y que cubra no sólo a personas jurídicas, sino también a personas físicas que emprendan negocios. Creemos que esta reforma favorecerá el crecimiento del parque empresarial formal y que las nuevas empresas tendrán un menor costo para operar, lo que favorecerá su consolidación y crecimiento”, indicó Pedro Morales, asesor en Política Industrial y PYME.
A partir de la promulgación de la Ley 9.635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, las nuevas empresas bajo la figura de persona jurídica, y que clasificaran como micro y pequeñas empresas en el MEIC o en el MAG, pagaban un 0% del impuesto sobre la renta el primer año de operación, un 25% el segundo año de operación y un 50% del impuesto de renta en el tercer año. Con la reforma aprobada ahora esos porcentajes se aplican por dos años: 0% los primeros dos años, 25% el tercer y cuarto año y un 50% el quinto y sexto año a partir del inicio de operaciones.
Adicionalmente ahora el beneficio se aplicará también a las nuevas micro y pequeñas empresas inscritas en el MEIC o MAG, pero que operen bajo la figura de persona física con actividad lucrativa.
por CICR | Sep 26, 2023 | Encuestas y estudios
- Retroceder en la estructura tarifaria genera inseguridad jurídica y afecta la competitividad del país.
- Estimaciones de la CICR muestran un aumento de tarifas para los consumidores industriales del ICE de hasta un 17,5% para la tarifa de media tensión (T-MT) y de 14,4% para la tarifa (T-MTb).
Martes 26 de septiembre. La Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR), planteó un Recurso de Revocatoria y Apelación a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), en donde se solicita que se deje sin efecto la resolución RE-0108-IE-2023, ya que regresa la estructura tarifaria del ICE a la que estaba en vigor en 2020, lo que tiene un impacto negativo al aumentar las tarifas de Media Tensión y Media Tensión b.
“La decisión de la ARESEP de retroceder en la estructura tarifaria afecta la competitividad de Costa Rica al aumentar las tarifas de electricidad para el sector industrial, lo que encarece la producción y perjudica la generación de empleo y el crecimiento económico; sin duda esta decisión elimina los avances en modernización tarifaria que habían beneficiado la capacidad de competir de las empresas”, destacó Sergio Capón, presidente de la Cámara de Industrias de Costa Rica.
Entre los mayores retrocesos, la CICR identifica la eliminación de las bandas tarifarias en las tarifas de media tensión (T-MT) y media tensión b (T-MTb), para regresar a una tarifa única por periodo horario; adicionalmente, la exclusión de la asignación óptima por la relación costo-responsabilidad en las diferentes categorías tarifarias, para asignar un ajuste porcentual igual para todas las categorías tarifarias, ambos con implicaciones negativas para los costos de producción. Adicionalmente, se eliminaría la tarifa residencial horaria lo que impide que aquellos costarricenses que deseen ajustar su consumo a esos horarios puedan ahorrar en su factura eléctrica y también se eliminan las tarifas prepago.
Si se reconoce el efecto de este cambio de estructura para los últimos 3 años, la CICR estima que los consumidores industriales del ICE (incluyendo CVG) podrían llegar a pagar un aumento del 17,5% para la T-MT y del 14,4% para la T-MTb, con respecto a lo que se está pagando hoy. Al respecto, los industriales resaltan que los clientes industriales más “electro-intensivos” son usuarios de T-MT y T-MTb, y su perfil de consumo permite el pago de la infraestructura requerida para brindar el servicio en un periodo mucho más corto y, por tanto, le generan menor costo al sistema eléctrico.
Por ejemplo, de continuar con este proceso la ARESEP, estaría obligando a una empresa que consume 100 millones de colones en electricidad a pagar 117 millones, con el efecto de que ya vendió los productos en los años 2021,2022 y 2023 y no podría cargar ese costo a los productos a vender en el próximo año.
Se debe tener en cuenta que solo por los efectos del fenómeno del niño, los usuarios de las tarifas de electricidad ya han sufrido serios impactos: las tarifas del tercer trimestre 2023 del ICE ya han aumentado un 31,3% en comparación con las tarifas que se tuvieron en diciembre de 2022. El tipo de cambio ha encarecido en dólares el costo eléctrico y las proyecciones de aumento de tarifas por el combustible que se requiere para generar electricidad en el año 2024, hacen que este no sea el momento para hablar de aumentos adicionales de tarifas, que afectan la competitividad y la capacidad de generar empleo.
Los industriales señalaron que la decisión tomada por ARESEP carece de un respaldo técnico, por lo que se está irrespetando el marco legal vigente, afectando la seguridad jurídica y a todos los administrados que de buena fe cubrieron sus obligaciones basados en una tarifa válida emitida por una autoridad competente.
“Abruptamente, luego de 3 años de aplicación, la Junta Directiva de la ARESEP declara nula la manera en que se han venido cobrando las tarifas de electricidad del ICE, esto sería generar inseguridad jurídica, si se pretendiera aplicar retroactivamente y no parece razonable alejarse del criterio técnico de la Intendencia de Energía”, concluyó Capón.
por CICR | Sep 24, 2023 | Noticias CICR
La Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) planteó un Recurso de Revocatoria y Apelación a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), en donde se solicita que se deje sin efecto la resolución RE-0108-IE-2023, ya que retrotrae la estructura tarifaria del ICE que estaba en vigor en 2020, anulando los cambios implementados en diciembre de ese mismo año. Esto tiene un impacto negativo en el sector industrial y en la economía del país en general.
Leer Recurso de Revocatoria y Apelación24
por CICR | Sep 24, 2023 | Noticias CICR
El Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) debe decidir sobre una solicitud presentada por una empresa nacional para eliminar los aranceles a los productos textiles originarios de Colombia correspondientes a las partidas arancelarias indicadas en la siguiente tabla, dichas mercancías no fueron desgravadas por Costa Rica al suscribir inicialmente el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Costa Rica y Colombia que entró en vigor el 1 de agosto de 2016:

Adicionalmente, también se solicitó que Costa Rica acelere la desgravación de una serie de mercancías que, según el TLC Costa Rica Colombia serían desgravadas hasta 2025 o 2030, según la partida, esta solicitud se refiere a los siguientes Capítulos:
60 Tejidos de punto
61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto
62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto
63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos
Las partidas arancelarias incluidas en esta desgravación acelerada solicitada pueden ser consultadas en el documento descargable en el siguiente enlace.
Las empresas que tengan interés en apoyar u oponerse a las desgravaciones solicitadas deben dirigirse al Foro de Latinoamérica y el Caribe de la Dirección General de Comercio Exterior de COMEX, a los siguientes correos electrónicos: Ericka Víquez ericka.viquez@comex.go.cr y Susan Vargas susan.vargas@comex.go.cr. Les instamos a dejar en copia a la CICR al correo yvasquez@cicr.com para poder dar seguimiento a las posiciones y consultas del sector productivo.