Finaliza proceso de negociación de Acuerdo de Libre Comercio entre Costa Rica y Ecuador

Finaliza proceso de negociación de Acuerdo de Libre Comercio entre Costa Rica y Ecuador

El 19 de diciembre 2022 la Presidencia de la República informó la finalización de la negociación del Acuerdo de Libre Comercio entre Costa Rica y Ecuador. El inicio de las negociaciones fue anunciado formalmente el pasado 6 de junio de 2022, y la negociación se extendió 5 meses a lo largo de los cuales se desarrollaron cuatro rondas de negociación entre los equipos de ambos países. En las próximas semanas tendrá lugar la revisión legal final de los textos, para proceder con la firma en enero 2023. Posteriormente, el Acuerdo deberá ser sometido a aprobación por parte de la Asamblea Legislativa.

De conformidad con lo informado por el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), de entrar en vigor el Acuerdo en los términos acordados, aproximadamente un 90% de los productos que Costa Rica exporta actualmente a Ecuador podrían ingresar a este país libres de aranceles. Esto implicaría una mejora en las condiciones de acceso a mercados a nivel arancelario para los siguientes productos: café tostado o molido, neumáticos, medicamentos, suplementos vitamínicos, jugos de frutas, jarabes para preparaciones de debidas gaseosas, pilas eléctricas, preparaciones capilares y varillas de acero.

Además, COMEX estima que aproximadamente un 60% de los productos que Ecuador exporta a Costa Rica podrían ingresar sin aranceles con la aprobación del Tratado, productos entre los cuales destacan, por ejemplo, materia prima para industria de pesca, ciertos productos farmacéuticos, alambres de hierro y transformadores eléctricos.

Los textos definitivos aún no se encuentran disponibles, de manera que cuando se tenga acceso a ellos la Cámara de Industrias procederá a informar con mayor detalle a sus afiliados.

Reformas en la aplicación del IVA comienzan a regir en enero 2023

Reformas en la aplicación del IVA comienzan a regir en enero 2023

La Administración Tributaria ha venido trabajando en la actualización del mecanismo para la determinación y pago del IVA en diversos productos, incluyendo: cervezas, licores y plywood.

En la actualidad, la base imponible para el IVA aplicable a estos productos se determina sobre montos estimados al consumidor final y se aplica a nivel de fábricas, mayoristas y aduanas. Sin embargo, tras una actualización normativa, se aplicará el régimen general establecido por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se estableció el mecanismo para compaginar el nuevo método con aquellas mercancías respecto de las cuales se haya liquidado y pagado el IVA según el sistema vigente en la actualidad, así como la aplicación de los créditos fiscales correspondientes.

El cambio obedece a que si bien el artículo 12 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado faculta a la Administración Tributaria a disponer la recaudación del impuesto al nivel de las fábricas, mayoristas y aduanas y a establecer la base imponible precios de venta en las etapas siguientes de comercialización, dicha facultad responde a que se determine que existe dificultad para la aplicación de las reglas generales del IVA.  En la actualidad existen suficientes mecanismos disponibles que facilitan la aplicación de dichas reglas generales, por lo que dejó de ser necesario utilizar el sistema de estimación sobre base presunta y recaudación a nivel de fábrica o aduana.

La nueva modalidad se encontrará vigente a partir del 1 de enero de 2023 y los instrumentos respectivos pueden ser descargados en los siguientes enlaces:

Por medio del Alcance N°237 de la Gaceta N°212 del 7 de noviembre de 2022 se publicó la modificación a la determinación y mecanismo de recaudación del IVA en las cervezas y bebidas alcohólicas, por medio de dos instrumentos: el Decreto N°43758-H que derogó el Decreto Ejecutivo Nº28287-H y la resolución DGT-R-035-2022 que derogó las resoluciones N°27 de las 13:05 horas del 27 de enero de 1983 y N°V-399-DG de las 10 horas del 20 de diciembre de 1983, ambas de la Dirección General de Tributación (cervezas y licores)

Por medio del Alcance N°271 de la GACETA N°237 del 13 de diciembre de 2022 se publicó la derogatoria de la resolución N°1495-V de las 8:20 horas del 17 de febrero de 1995 (plywood)

Empresa Transmares con intención de operar un servicio de ferry Costa Rica-El Salvador

Empresa Transmares con intención de operar un servicio de ferry Costa Rica-El Salvador

Desde hace varios años el país ha venido explorando la posibilidad de habilitar un servicio de ferry para carga que conecte a Puerto la Unión en El Salvador con Puerto Caldera en Costa Rica. Para ello, la empresa Transmares ha manifestado su intención de operar dicho servicio, en caso de que sea posible definir un volumen suficiente con empresas interesadas en adquirir el servicio. Por lo que el servicio solamente se habilitará si logra confirmarse un volumen de al menos 80 furgones por viaje.

Transmares pondría a disposición una embarcación 170×25 metros, con una profundidad de 10 metros, una capacidad de carga de 1.613 metros lineales y 700 pasajeros, con una tripulación de 53 personas.

En una primera fase, la empresa pondría a disposición el servicio para carga enganchada y desenganchada, incluyendo perecedera, ya que cuenta con tomas eléctricos en el área bajo cubierta. Respecto del esquema de costos, la empresa estima una tarifa inicial para carga desenganchada de $1800 para furgones de 40 pies en viaje sencillo (one way) y $2400 para furgones de 53 pies en viaje sencillo. Para empresas de menos de 40 pies o más de 53 pies, el cobro será sobre una base de $165 por metro lineal en viaje sencillo. En el caso de carga refrigerada, se estima un monto adicional de 20%. La tarifa será acordada mediante un compromiso de carga entre la Naviera y el cliente.

En el siguiente enlace podrán acceder a la presentación y carta de intención presentada recientemente por la empresa. Las empresas afiliadas que tengan interés en utilizar este medio de transporte de carga pueden contactar con la empresa al correo ferry@transmares.co.cr. Agradecemos dejar en copia a la Cámara de Industrias de Costa Rica al correo yvasquez@cicr.com para dar seguimiento al interés que podamos tener como sector.

Avanza proceso de negociación del Acuerdo sobre Cambio Climático, Comercio y Sostenibilidad (ACCTS)

Avanza proceso de negociación del Acuerdo sobre Cambio Climático, Comercio y Sostenibilidad (ACCTS)

Entre noviembre y diciembre de 2022 tuvo lugar la XI Ronda de Negociación del ACCTS, bajo un formato virtual como las anteriores. Los países han seguido avanzando sobre los cuatro ejes de trabajo y se espera cerrar algunos de ellos a lo largo de 2023. La XII Ronda tendrá lugar a finales de febrero de 2023 y será la primera a desarrollarse en un formato presencial, en Ginebra.

Los países han continuado avanzando sobre la lista corta de productos ambientales que podrían beneficiarse de desgravación para estimular su accesibilidad. Esta lista pasó de 154 a 184 subpartidas, y comprende 241 productos. A partir de este proceso casa país ha priorizado 15 productos para guiar la próxima ronda. Se destaca la importancia de que la delimitación de los productos busca garantizar que la desgravación responda exclusivamente a aquellos tipos de mercancías y no un inciso arancelario completo, ya que la clasificación arancelaria no fue diseñada para discernir aspectos de impacto o protección al medio ambiente entre las mercancías.

Las negociaciones en torno al eco-etiquetado han presentado avances significativos y podría concluirse en las rondas que tengan lugar en 2023. Hasta el momento los principales acuerdos versan sobre la inclusión solamente de eco-etiquetados de carácter voluntario, y la determinación de que las directrices establecidas no serán vinculantes, solamente aquellas disposiciones referidas a los mecanismos institucionales que generarán y promocionarán el uso de dichos principios y directrices. Aún se discute sobre la inclusión o no de alimentos, ya que no todos los países están de acuerdo.

El eje de trabajo referido a combustibles fósiles presenta avances también, sin embargo se estima que será requerido más tiempo para definrilo a cabalidad, ya que algunas definiciones por acordar tendrían un impacto en la regulación general del capítulo respectivo.

Rebaja en tarifas eléctricas industriales (promedio anual) en el 2023

Rebaja en tarifas eléctricas industriales (promedio anual) en el 2023

Luego de que la ARESEP resolviera mediante la RE-0088-IE-2022 del 15 de diciembre de 2022, donde se establecieron los factores del Costo Variable de Generación (CVG), por empresa distribuidora, se tienen las siguientes variaciones en las tarifas industriales:

La CICR ha participado con análisis y posiciones técnicas en las distintas fijaciones tarifarias de manera que se logren consolidar las disminuciones o logrando aumentos menores a los pretendidos.

Ver pliego tarifario del ICE

Ver pliego tarifario de la CNFL 

Ver pliego tarifario de la JASEC

Ver pliego tarifario de la ESPH

Ver pliego tarifario de COOPELESCA

Ver pliego tarifario de COOPEGUANACASTE

Ver pliego tarifario de COOPESANTOS

Ver pliego tarifario de COOPEALFARO