ERP Legal Insights: ¿Recibe pagos por SINPE Móvil? Pronto deberá registrarlos ante Hacienda

por Cámara de Industrias | Oct 27, 2026 | Empresas en acción | 0 comentarios

SINPE Móvil y Hacienda: lo que su negocio debe saber

Mediante el Decreto Ejecutivo N.° 45953-H, publicado el 16 de octubre de 2026, los contribuyentes que reciban pagos por SINPE Móvil en su actividad económica deberán registrar esos números telefónicos en el Registro Único Tributario (RUT).

Lo esencial en 5 puntos:

1 ¿A quién aplica?

A toda persona o empresa que use uno o más números SINPE Móvil para cobrar por su actividad económica. Los números de uso personal no se incluyen.

2 ¿Desde cuándo?

Hacienda tiene hasta enero de 2027 para habilitar el sistema y emitir una resolución con las reglas del registro.

3 ¿Cuánto tiempo tengo?

Si ya está inscrito, tendrá 12 meses a partir de que esa resolución entre en vigencia. Si se inscribe o modifica sus datos, deberá incluir los números en ese mismo trámite.

4 ¿Qué pasa si no lo hago?

La multa es del 2% de los ingresos brutos del año anterior, con un mínimo de ₡1.386.600 y un máximo de ₡46.220.000 (montos de 2026).

5 ¿Qué puedo hacer desde ya?

Identifique qué números usa para cobrar, separe los personales de los del negocio y verifique que cada cobro por SINPE tenga su factura electrónica.

“Hacienda va a poder cruzar lo que usted recibe por SINPE con lo que factura y declara. Lo más importante ahora no es registrar el número, sino asegurarse de que sus cobros y sus facturas coincidan antes de que eso ocurra.”

En ERP Lawyers daremos seguimiento a la resolución de Hacienda y le avisaremos cuando se abra el registro. Si desea que le ayudemos con el trámite o revisar su situación, con gusto lo atendemos.

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