Entrada en vigencia de la ley 10589 sobre el otorgamiento de días de asueto por duelo familiar

por CICR | Dic 7, 2024 | Noticias CICR | 0 comentarios

Finalmente el día  3 de diciembre 2024 fue publicada la ley 10.589 sobre el otorgamiento de días de asueto pagados por fallecimiento familiar.

Lo más importante de la ley es lo siguiente:

Fallecimiento de familiar en primer grado de afinidad o consanguinidad se otorgan 3 días hábiles pagos.
Si es unión de hecho, se debe de presentar una declaración jurada del fallecimiento del conviviente de hecho. Igualmente si son otros  parientes en primer grado que hayan fallecido.
En caso de adopción se debe presentar al patrono la certificación de la resolución administrativa o judicial o sentencia en firme que demuestre el inicio de la convivencia efectiva del menor de edad con fines de adopción.
Segundo y tercer grado de afinidad o consanguinidad se otorga un día. La ley no indica lo que el colaborador o colaboradora debe de presentar al patrono. Por lo que se recomienda a la Empresa indique a través de una Política cuáles serán los documentos que deben de presentarse para certificar la defunción y otorgar el permiso respectivo.
Cualquier consulta a través del correo jsalas@cicr.com de José Salas.

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