Decreto Nº 43838-MAG-S-MINAE

Jul 1, 2026

III-18

Plazos excesivos y diferencia de criterios en la inscripción y renovación de productos de interés sanitario ante el Ministerio de Salud. El trámite de registros sanitarios ante el Ministerio de Salud debe cambiar a un sistema de notifcación sanitaria con control posterior (en mercado) y no ex-ante. Uso de declaración jurada en renovaciones y homologación de registros con autoridades de otros países

Actualmente el registro de alimentos se encuentra al día. Tratándose de plaguicidas, se promulgó el Decreto Ejecutivo N.º 43838-MAG-S-MINAE RTCR 509:2022 (este reglamento permite la utilización de la figura de homologación con países miembros de la OCDE y países adherentes al Sistema de Aceptación Mutua de Datos de esa organización, dando agilidad en la constatación de los datos para el registro). Para registros de medicamentos se amplió el equipo humano, y se ha logrado revertir la curva de registros recibidos versus registros emitidos. Para equipo y material biomédico se firmó el Decreto Ejecutivo 43902-S “RTCR 505:2022 Equipo y Material Biomédico, Clasificación, Registro Importación, Etiquetado, Publicidad, Vigilancia y Control del 30 de noviembre de 2022, con lo que disminuirá la cantidad de trámites de registro sanitario prevenidos o rechazados, así como las consultas de los usuarios sobre aspectos específicos de la norma. OBSERVACIONES: El Decreto Ejecutivo 43902-S aún no se encuentra publicado por lo que no se dispone del texto final.

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