Decreto N° 43884-MAG-S-MINAE
II- 37 – Agroquímicos y fertilizantes
Falta de opciones de agroquímicos y formulaciones de fertilizantes; desactualización en cuanto a nuevos desarrollos a partir de la más alta tecnología; e impedimento de utilizar agroquímicos de avanzada los procesos productivos y opciones de fertilización.
Se emitó el decreto “Insumos Agrícolas. Plaguicidas Sintéticos Formulados, Ingrediente Activo Grado Técnico, Coadyuvantes, Vehículos Físicos y Sustancias Afines de Uso Agrícola. Registro”. Este decreto permite la reducción del tiempo que tarda la inscripción de nuevos componentes importados para los agroquímicos, con el abaratamiento de las sustancias y con menor toxicidad y contaminación. Se aceptará como válido el registro que ya hayan emitido otros países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); y se prohíbe el uso de agroquímicos nocivos que ya estén prohibidos en al menos el 80% de los países que integran la OCDE.
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