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Por circular N°CIRCULAR MS-DRPIS-536-2023 el Ministerio de Salud informó la interpretación respecto de los diferentes ámbitos de responsabilidad que establece el Reglamento de Buenas Prácticas de Almacenamiento y Distribución de Medicamentos en Droguerías, Decreto Ejecutivo 37700-S.
Al respecto, algunas empresas afiliadas expresaron preocupación por el posible impacto de la implementación del apartado cuatro de dicha circular, ya que se estimaba requerir un plazo prudencial para verificar que se realizaran los ajustes requeridos en los almacenes fiscales y depósitos y poder cumplir a cabalidad con lo requerido.
Por ello, la Cámara de Industrias de Costa Rica expuso esta situación al Ministerio de Salud y esto llevó a la emisión de los instrumentos MS-DRPIS-766-2023 y MS-DGS-1544-2023. Esto permitirá que las empresas continúen avanzando en el proceso de cumplimiento de los parámetros técnicos requeridos. Asimismo, en caso de que en procesos de verificación se identifique un incumplimiento de los parámetros referidos a almacenes y depósitos, se contará con un plazo de 21 días para subsanar y/o cumplir los aspectos pendientes. Esto permitirá evitar disrupciones en la cadena de suministro.
Instamos a las empresas a avanzar de manera eficiente, transparente y expedita en la verificación del cumplimiento pleno de la normativa técnica sobre almacenamiento y distribución de medicamentos.
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