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Industriales solicitan a diputados archivar proyecto de ley que prohibiría despedir a trabajadores, si su pareja está embarazada

  • Industriales señalan que dicha situación, como está planteada en el proyecto de ley, ya tiene solución en la ley laboral. 
  • El proyecto ya está contemplado en la legislación nacional como la Reforma Procesal Laboral, la cual ya prohíbe la discriminación por estado civil y cualquier otra forma análoga de discriminación.
  • Las autoridades deberían estar enfocados en proyectos de ley que faciliten la reactivación de las actividades económicas. 

Viernes 10 de septiembre de 2021. La Cámara de Industrias de Costa Rica remitió una carta a todos los jefes de fracción de la Asamblea Legislativa para que archiven el proyecto de ley No. 21468 “Modificación a los artículos 94 y 94 bis del Código de Trabajo”, que le otorga fuero al varón cuando su pareja está embarazada, recientemente dictaminado positivamente por la Comisión de Jurídicos.

Enrique Egloff, presidente de los industriales señaló que “presentar y tramitar este proyecto envía una mala señal para la reactivación y al igual que otros proyectos que se acumulan en la Asamblea Legislativa en área laboral, que incluyen rigideces y aumentan costos sin tomar en cuenta que, en su mayoría, los aspectos que pretenden cubrir ya están incluidos en los cuerpos normativos vigentes, lo cual genera más incertidumbre para la inversión nacional y extranjera”.

Los industriales mencionaron que este proyecto va en contra de la formalización y creación de empleos, en un momento en que la prioridad debe ser crear puestos de trabajo formales que reduzcan el alto e histórico nivel de desempleo que tenemos de casi medio millón de costarricenses; situación que se agrava al tener en cuenta que alrededor de un 45% de los empleos son informales.

Asimismo, les recordaron a los diputados que en la Asamblea Legislativa ya se realizó una profunda discusión de la Reforma Procesal Laboral, en la que se abordaron estos temas y los diferentes sectores presentaron sus posiciones y observaciones. Además, en los artículos 404 y siguientes del Código de Trabajo se especifica claramente que es prohibida la discriminación, la cual ya está contenida en dos puntos de dicho inciso: la discriminación por estado civil y cualquier otra forma análoga de discriminación.

La Cámara de Industrias de Costa Rica le enfatizó a los diputados que en la actualidad, cualquier situación como la que se plantea en la reforma de ley ya tiene solución en la ley laboral, y se encuentra en el Capítulo de Discriminación, en los artículos 404 y siguientes del Código de Trabajo, que contiene inclusive una medida precautoria como lo es la reinstalación provisional en casos como los indicados. Es decir, en aquellos en que hipotéticamente se pueda presentar un despido por ejercer legalmente un derecho como el indicado de poder asistir a citas médicas o licencias médicas otorgadas por las autoridades de salud cuando el caso lo amerite, aún durante el parto de su esposa o durante el nacimiento e inclusive extendido a situaciones donde existan necesidades apremiantes por una situación de salud del menor o inclusive de la madre, bajo criterio exclusivamente médico y en el cual el patrono carece de injerencia.

“Consideramos que no es necesario ampliar la protección de despidos discriminatorios cuando la ley ya contempla situaciones en las que pudiera darse una violación a un derecho, y no por ser hombre o mujer, sino por el simple ejercicio legal de sus derechos.  Pero tampoco es aconsejable incentivar innecesariamente estas situaciones cuando de lo que se trata en el país es de crear empleos iguales para hombres y mujeres, sin distinciones; además, en nuestra opinión ese criterio hace una presunción socialmente inaceptable o que no está comprobada y es que, es el hombre el proveedor de la familia cuando ello no es así, no solo existe una obligación mutua de proveer económicamente a la familia sino que la realidad hoy en día es que tanto el hombre como la mujer suelen trabajar para traer el sustento, ambos, a su hogar y en esto estriba también un deber establecido en el Código de Familia respecto del matrimonio y de la uniones de hecho reconocidas por la ley”, explicó Egloff en la carta enviada a los jefes de fracción.

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